Medida de aseguramiento en Colombia: qué es, cómo funciona y qué derechos tienes si te la imponen — Lecciones del caso UNGRD
Caso UNGRD: La Corte Suprema ordena la captura de dos congresistas
Derecho Penal · Medida de aseguramiento · Colombia
El miércoles 11 de marzo de 2026, la Corte Suprema de Justicia sacudió al país con una decisión sin precedentes: ordenó la detención en centro carcelario de dos congresistas en ejercicio, Wadith Manzur y Karen Manrique, en el marco del escándalo de corrupción de la UNGRD. Horas después, Colombia entera hacía la misma búsqueda en Google: «¿Qué es una medida de aseguramiento?»
Si usted llegó a este artículo con esa pregunta —o porque está enfrentando un proceso penal y necesita entender qué puede pasarle—, aquí encuentra la respuesta completa, con base legal actualizada a marzo de 2026.
¿Qué es una medida de aseguramiento en Colombia?
Una medida de aseguramiento es una restricción que un juez impone sobre una persona imputada dentro de un proceso penal, antes de que exista sentencia condenatoria. Es decir, se aplica a alguien que todavía, en términos legales, es inocente.
Esa es precisamente su característica más importante: no es una pena. No busca castigar. Según la jurisprudencia reiterada de la Corte Suprema de Justicia, tiene carácter procesal, excepcional y preventivo, y no puede perseguir fines retributivos, de prevención general ni de resocialización.
La medida de aseguramiento está regulada en el artículo 307 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004). Las condiciones para imponerla se establecen en el artículo 308 de la misma ley.
¿Cuáles son los tipos de medida de aseguramiento?
El Código de Procedimiento Penal contempla dos grandes categorías:
| Categoría | Modalidad | Nivel de restricción |
|---|---|---|
| Privativas de la libertad | Detención en establecimiento carcelario | Máxima |
| Privativas de la libertad | Detención domiciliaria | Alta |
| No privativas | Vigilancia electrónica (brazalete) | Media |
| No privativas | Presentación periódica ante autoridad | Leve |
| No privativas | Prohibición de salir del país o región | Leve |
| No privativas | Caución (garantía económica) | Leve |
Este punto es clave para entender el caso UNGRD: la Corte Suprema no ordenó la captura de todos los implicados. A cuatro de los seis investigados —Liliana Bitar, Juan Pablo Gallo, Julián Peinado y el excongresista Juan Diego Muñoz— les impuso medidas no privativas de la libertad. Solo a Manzur y Manrique se les decretó detención carcelaria, porque para ellos el tribunal consideró que las medidas menos restrictivas eran insuficientes.
¿Cuándo puede un juez imponer una medida de aseguramiento?
No basta con que exista una investigación penal en curso. El artículo 308 del CPP exige tres requisitos que deben cumplirse de forma simultánea:
- Inferencia razonable de participación. Debe existir material probatorio suficiente para concluir que el imputado fue autor o partícipe del delito. No se necesita certeza absoluta, pero sí evidencia seria.
- La medida debe cumplir al menos uno de estos fines: evitar la obstrucción de la justicia, proteger a la comunidad y las víctimas, o garantizar la comparecencia al proceso.
- Proporcionalidad. Si se trata de una medida privativa de la libertad, la Fiscalía debe demostrar que las medidas no privativas son insuficientes para los fines del proceso. La prisión es siempre la última opción, no la primera.
⚠ Lección del caso UNGRD En el análisis de Manzur y Manrique, la Corte tuvo en cuenta que ambos habían sido reelegidos apenas tres días antes —el 8 de marzo de 2026—, lo que generaba riesgo real de que pudieran continuar cometiendo conductas similares en el ejercicio de sus nuevos cargos. Esta fue la diferencia determinante respecto a los otros cuatro imputados.
El caso UNGRD: ¿de qué se les acusa exactamente?
La Sala de Instrucción de la Corte Suprema acusó formalmente a cinco congresistas y un excongresista por el delito de cohecho impropio, en sesión extraordinaria del 11 de marzo de 2026.
Según el expediente, en reuniones entre congresistas y funcionarios del Ministerio de Hacienda se habría acordado lo siguiente: los legisladores comprometían su voto favorable en la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público —que debía aprobar operaciones de endeudamiento nacional— a cambio de que la UNGRD adjudicara contratos de obra en Córdoba, Arauca y Bolívar vinculados a sus regiones de influencia.
¿Qué es el cohecho impropio y cuáles son sus consecuencias?
El cohecho impropio se configura cuando un servidor público recibe, acepta o solicita beneficios a cambio de realizar actos propios de su cargo. A diferencia del cohecho propio, no es necesario que el acto prometido sea ilegal: basta con que el funcionario condicione el cumplimiento de su deber a recibir algo a cambio.
Las consecuencias jurídicas son:
- Penas de prisión entre 64 y 126 meses (aprox. 5 a 10 años)
- Multas de hasta 150 salarios mínimos
- Inhabilidad para ejercer cargos públicos entre 80 y 144 meses
¿Qué derechos tiene usted si le imponen una medida de aseguramiento?
Muchas personas desconocen que frente a esta figura existen posibilidades reales de defensa. Estos son sus derechos fundamentales:
1. Derecho a controvertir la medida desde el inicio
En la audiencia en que se solicita la medida, la defensa tiene derecho pleno a participar, presentar argumentos y controvertir las pruebas. Este momento es crítico: lo que se construya en estas primeras horas determina el camino del proceso.
2. Derecho a solicitar revocatoria o sustitución
El artículo 318 del CPP permite solicitar la revocatoria o sustitución ante el juez de control de garantías, aportando elementos probatorios que demuestren que los requisitos que fundamentaban la medida han desaparecido. Si la defensa acredita que ya no existe riesgo de fuga, obstrucción u otros peligros, el juez está obligado a modificar la medida.
3. Derecho a solicitar detención domiciliaria
La ley contempla la sustitución de la detención carcelaria por domiciliaria cuando el imputado es mayor de 65 años, la mujer se encuentra en embarazo avanzado o lactancia, existe enfermedad grave, o es cabeza de familia con hijos menores o en condición de discapacidad.
⚠️ Lo que muchos no saben: La medida de aseguramiento privativa de la libertad tiene un término máximo de un año (Art. 307 CPP). La Ley 2477 de 2025 reforzó estas causales de libertad para evitar que la detención preventiva se convierta en una pena anticipada de facto.
Lo que el caso UNGRD le enseña a cualquier ciudadano
El caso UNGRD no es solo una historia de corrupción política. Es también un mapa de cómo funciona el sistema penal cuando actúa en sus instancias más altas. Cuatro lecciones concretas:
- La medida de aseguramiento no es automática ni inevitable. Cuatro de los seis acusados en el mismo proceso continúan en libertad. La diferencia radicó en el análisis de proporcionalidad individual de cada imputado.
- El contexto importa. Haber obtenido votos tres días antes de la decisión judicial fue un factor determinante en el análisis de riesgo de reincidencia.
- La estrategia de defensa importa desde el primer segundo. La narrativa que se construye en las primeras audiencias tiene consecuencias que se extienden a todo el proceso.
- Entregarse voluntariamente es una decisión estratégica. Karen Manrique se presentó voluntariamente en Tame, Arauca. Esa decisión comunica algo al juez: disposición de someterse al proceso, ausencia de riesgo de fuga.
¿Cuándo debe buscar un abogado penalista?
La respuesta corta es: antes de que sea demasiado tarde. En derecho penal, el momento de la imputación —y especialmente la audiencia de imposición de medida de aseguramiento— es crítico. Las decisiones tomadas en esas primeras horas pueden determinar si usted espera el juicio en su casa o en una celda.
Si usted o alguien cercano:
- Ha sido citado o notificado de una investigación penal
- Enfrenta una audiencia de imputación de cargos
- Le han dictado medida de aseguramiento y no sabe cómo proceder
- Está vinculado a un proceso por corrupción, cohecho, peculado u otros delitos contra la administración pública
…la asesoría de un abogado penalista especializado no es un lujo: es la diferencia entre ejercer sus derechos o perderlos por desconocimiento.
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Fuentes
- Corte Suprema de Justicia de Colombia — Comunicado oficial, Sala de Instrucción, 11 de marzo de 2026. Caso UNGRD.
- Ley 906 de 2004, Código de Procedimiento Penal — Arts. 307, 308, 317 y 318.
- Ley 2477 de 2025 — Reforma al régimen de libertad y principio de oportunidad.
- El Tiempo. «El delito por el que la Corte Suprema envió a la cárcel a Wadith Manzur y Karen Manrique.» 11 de marzo de 2026.
- Infobae Colombia. «Corte Suprema envió a la cárcel a los congresistas Wadith Manzur y Karen Manrique.» 11 de marzo de 2026.
- Semana. «Corrupción en la UNGRD: Corte Suprema ordenó medidas de aseguramiento.» 11 de marzo de 2026.
Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría jurídica. Cada caso penal es diferente y requiere análisis individualizado con un profesional del derecho.
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